La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró el lunes que las afirmaciones en la sentencia de la negativa de un amparo respecto a que las obras creadas por inteligencia artificial (AI, por sus siglas en inglés) no pueden ser protegidas por derechos de autor y forman parte del dominio público no aparecen en el proyecto final.
A través de una tarjeta informativa publicada en su cuenta de X, la Corte señaló que “al resolverse el citado asunto, en sesión celebrada el 2 de julio, por unanimidad de votos se acordó eliminar las afirmaciones en ese sentido”.
A principios de mes, al darse a conocer la negativa de un amparo solicitado por Gerald García Báez, quien intentó registrar su avatar creado con la aplicación Leonardo AI para su identificación en foros de realidad virtual, se hizo público el proyecto de sentencia de la Segunda Sala de la SCJN, en el que se determinaba que lo realizado con AI es una extensión de la capacidad creativa de la humanidad, por lo que “no es susceptible de registro”.
Sin embargo, la SCJN señaló que la información que circuló en algunas publicaciones y redes sociales es incorrecta y aclaró también que las consideraciones finales del amparo directo 6/2025 todavía están sujetas a revisión del engrose que se realizará en la próxima sesión del 6 de agosto.
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¿Qué decía el proyecto sobre la AI y los derechos de autor?
El texto publicado por la Corte, cuya ministra ponente es Lenia Batres, señala que “dichos productos pasan al dominio público con el fin de que se difundan gratuitamente”, además de que para el registro de una obra “el autor debe de ser una persona física. No puede ser un ente sintético o artificial”.
Además, considera que el derecho a la protección de la autoría es el derecho de autor que va dirigido a las personas físicas, ya que son ellas, por medio de su creatividad, experiencia, intelecto, emociones y el contexto, quienes pueden crear una obra original.
“Por ende, solo se reconoce a las personas físicas como autoras”, establecía.
Antecedentes
El caso inició cuando el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) desechó la solicitud de registro de García Báez al considerar que el contenido no era producto de la creación humana.
Ante la negativa, recurrió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), cuya Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual también resolvió en su contra. Por último, promovió un juicio de nulidad a través de un amparo directo, que ahora ha confirmado las resoluciones anteriores.
García Báez es fundador y CEO de Business Advocacy, una startup mexicana enfocada a ofrecer soluciones legales mediante AI. De acuerdo con su biografía, ha logrado obtener las primeras patentes en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, las cuales están vinculadas con servicios legales de inteligencia artificial.