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CRT aplaza límite del registro telefónico; establece nuevas fechas hasta diciembre



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El organismo mantiene la suspensión en 72 horas los servicios móviles de voz y datos de los usuarios que omitan la vinculación obligatoria de sus tarjetas SIM.

Publicado el 25 jun 2026



Placa metálica de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para el artículo sobre registro de líneas de prepago CRT.
Crédito: Archivo IT Masters Mag

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó el calendario y las fechas límite para la vinculación de líneas telefónicas de prepago. La medida establece un cronograma que se extenderá entre los meses de agosto y diciembre de 2026.

El proceso se realiza de acuerdo con el último dígito del número telefónico de cada usuario. Las empresas de telecomunicaciones suspenderán el servicio de las líneas que no completen el registro de líneas en los plazos fijados por la autoridad.

Según el organismo, el objetivo de la disposición es el control sobre la titularidad de los números de telefonía móvil en el país. El esquema busca que cada línea esté asociada a la identidad de un ciudadano para reducir el uso de estos servicios sin registro.

El comunicado de prensa indica que “a la fecha se han vinculado 63 millones de líneas: 40.2 millones de prepago y 22.8 millones de pospago”. Las líneas de pospago no requieren un trámite por estar asociadas a una persona desde su contratación.

Calendario de vinculación y suspensión de servicios

El reporte oficial señala que “las líneas de prepago que hasta ahora no se han vinculado tendrán una fecha límite asignada conforme al último dígito del número telefónico”. Los usuarios deben realizar el proceso ante su respectiva empresa proveedora de servicios.

Una vez que venza el plazo asignado a cada dígito, se procederá a la restricción de las funciones del teléfono. La CRT especificó los alcances de esta medida en el documento distribuido a los medios de comunicación.

La institución informó que “las compañías telefónicas suspenderán el servicio de aquellas líneas que no hayan sido vinculadas en las siguientes 72 horas”. Tras la suspensión, los números solo podrán realizar llamadas a servicios de emergencia.

El texto añade que los usuarios inhabilitados podrán comunicarse a las líneas de “atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo”. El servicio se restablecerá cuando se complete la vinculación.

Procedimiento y manejo de la información de los usuarios

El mecanismo de registro no se ejecuta por medio de plataformas gubernamentales, sino de forma directa con los operadores de telefonía. El trámite asocia los datos de identidad de los ciudadanos con los números de las tarjetas SIM.

La CRT aclaró que las empresas “únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número de celular, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso”. Esta indicación define el tratamiento de la información recabada.

El comunicado concluye que, ante la comisión de un delito, “las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas”. El procedimiento debe cumplir con las disposiciones vigentes en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Con esta regulación, la CRT reportó que el país adopta un estándar para el sector de las telecomunicaciones móviles. El esquema de identificación de usuarios de telefonía prepago opera actualmente en 166 naciones.

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