TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Congreso aprueba ley para definir sectores de pago digital exclusivo y exigir que TPV acepten QR y NFC


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La SHCP determinará los giros donde el cobro electrónico sea obligatorio, mientras Banxico y la CNBV fijan reglas para adquirentes.

Publicado el 20 oct 2026

Francisco Iglesias

Director editorial de Netmedia



Tablero de votación del Senado aprobando la Ley de Economía Digital para pagos electrónicos en México.
Con 71 votos a favor y 34 en contra, el Senado avaló en lo general la nueva regulación para pagos digitales en México. Crédito: YouTube @Senado de México


Puntos clave

  • La SHCP deberá definir en 15 días hábiles sectores donde el cobro digital será obligatorio; las TPV deberán aceptar QR y NFC; la LEDPDE fue aprobada y espera promulgación.
  • El Banxico y la CNBV emitirán reglas para que las adquirentes adapten infraestructura de TPV; se reconoce la CURP digital y el Expediente Digital Ciudadano como mecanismos de confianza.
  • El efectivo solo se permitirá por fallas extraordinarias (contingencias), no como solución recurrente; hay críticas por el costo a comercios y riesgo de concentración de facultades en Hacienda.
Resumen generado por IA

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá determinar sectores donde el cobro digital sea la única vía permitida. Además, las terminales punto de venta (TPV) deberán aceptar los códigos de respuesta rápida (QR) —como CoDi— y tecnología de comunicación de campo cercano (NFC).

Así lo establece la nueva Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos (LEDPDE), aprobada por el Congreso mexicano: en la Cámara de Diputados, el pasado 6 de octubre, por 327 votos a favor y 122 en contra, y en el Senado, el 20 de octubre, con 72 votos a favor y 37 en contra en lo particular.

Ahora el Ejecutivo federal, que envió la iniciativa apenas el 8 de septiembre de 2026, deberá promulgarla.

El dictamen contempla como medios de pago digitales y electrónicos los códigos QR, los dispositivos NFC, las tarjetas bancarias de débito y crédito, las órdenes de transferencia de fondos como la domiciliación, así como cualquier interfaz tecnológica reconocida por las autoridades regulatorias.

Además, ordena al Banco de México (Banxico) y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a emitir disposiciones generales para que las entidades adquirentes adapten la infraestructura de las TPV a fin de procesar cobros mediante QR y NFC.

También incorpora la Clave Única de Registro de Población (CURP) digital y el Expediente Digital Ciudadano como mecanismos de confianza para la contratación de servicios financieros.

Exclusividad digital por sector

De acuerdo con la nueva legislación (artículo transitorio tercero), Hacienda tendrá un plazo de 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del decreto para emitir la primera lista de actividades relevantes y los sectores estratégicos en los cuales la aceptación de medios digitales y electrónicos constituirá la única forma de pago permitida. El dictamen aprobado no define las características de estos.

En marzo pasado, durante su participación en la 89.ª Convención Bancaria de la Asociación de Bancos, la presidenta Claudia Shienbaum adelantó que su objetivo era digitalizar el pago de las gasolinas y de las casetas este año —lo que podría suceder si su promulgación no se demora—.

Una vez definidas las actividades, las autoridades sectoriales competentes dispondrán de un segundo periodo de 15 días hábiles para expedir las disposiciones administrativas particulares (condiciones operativas, requisitos técnicos de integración y calendarios de transición gradual para migrar).

Sí se aceptará efectivo, pero solo cuando haya fallas

En materia de resiliencia de sistemas, los artículos 2 y 15 de la ley definen las contingencias como aquellos eventos extraordinarios, imprevistos o de fuerza mayor que interrumpan temporalmente la conectividad, la energía eléctrica o el funcionamiento de la infraestructura informática.

Durante estos lapsos de falla técnica, detalla la LEDPDE, los proveedores de bienes y servicios quedarán autorizados para recibir pagos en efectivo o mediante cheque.

No obstante, el artículo 16 establece que las contingencias no podrán invocarse de manera recurrente ni permanente para justificar el incumplimiento de las obligaciones de cobro digital. Esto pone en el centro la continuidad de las plataformas de pago y la capacidad de las áreas de IT para mantenerlas operativas ante fallas técnicas.

Según se desprende de la exposición de motivos del dictamen, la ley busca equilibrar la exigencia de procesamiento electrónico con salvaguardas operativas que eviten la parálisis del comercio ante interrupciones no programadas en las redes de telecomunicaciones o en las plataformas de pago.

“Gravísimo error” la LEDPDE: senador de Morena

Al presentar el dictamen ante el pleno, el presidente de la Comisión de Economía del Senado, Emmanuel Reyes (Morena), explicó que el propósito es establecer las bases jurídicas e institucionales que permitan ampliar la adopción de los medios de pago digitales y electrónicos, fortalecer la inclusión financiera y facilitar las operaciones comerciales de millones.

“Esta propuesta parte de una realidad concreta. México cuenta con una infraestructura financiera y tecnológica ampliamente desarrollada, pero su utilización cotidiana todavía no alcanza a todos los sectores de la población ni a todas las actividades económicas”, señaló.

En contraste, el senador José Máximo García López (PAN) indicó que “nos la quieren vender con un bonito envoltorio de modernización, vanguardia e inclusión financiera. Pero no nos engañemos: esto no es inclusión, es voracidad recaudatoria e inspección fiscal con piel de oveja”.

De acuerdo con el panista, además de otorgarle un “cheque en blanco” a Hacienda para prohibir por decreto el uso de billetes, la ley generará una inflación digital que pagará el consumidor:

“Obligar a una pyme, a un comerciante de mercado a cobrar exclusivamente por medio digital significa forzarlo a contratar internet, rentar una terminal, pagar comisiones bancarias que van del 1.5 al 4.5 por cada venta. ¿Y quién pagará este plato roto? El consumidor final”.

Al explicar los alcances de la ley, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Huerta (Morena), señaló que “no establece que todas las operaciones económicas del país deban realizarse exclusivamente mediante pagos digitales”.

Huerta aclaró que solo Hacienda podrá determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que estos medios constituyen la única forma de pago. “Y para estos casos contempla disposiciones específicas y procesos de transición gradual”, dijo.

Aunque consideró que “en general la intención de la ley es muy buena y podemos considerar que [es] hasta urgente legislar en el tema”, el senador Ricardo Sheffield fue uno de los seis legisladores —el único de Morena— que presentó una reserva. Ninguna fue aceptada.

Al exponer su oposición a los artículos 13 y 14, relacionados con la facultad de Hacienda de definir los sectores, afirmó: “Me parece un gravísimo error que un tecnócrata de designación [el titular de la SHCP] es el que tenga la facultad de poder decidir en algo tan delicado como generar un monopolio o un control de precios, porque eso es al final lo que ese tecnócrata va a poder hacer”.


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